La “Declaración de los Derechos de la Mujer y el Ciudadano”, propuesta por Olimpia de Gouges, paráfrasis de la Declaración que fuera proclama de la Revolución Francesa, no termina en la guillotina, su espíritu es eco que retumba en la lucha de los pueblos, grupos y colectivos feministas que enarbolan la proclama inaugural “la mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos”.
El 6 de febrero de 1918 Gran Bretaña reconoce el derecho al voto de la mujer, en 1919 lo hace Alemania, en Ecuador en 1929, Matilde Hidalgo Navarro ejercía el derecho al voto por primera vez, la lucha germina, el derecho se expande y consolida, paulatinamente, en las democracias del mundo.
Los derechos son progresivos, se corresponden con la evolución de la conciencia, son la expresión de la madurez moral y ética en que galopa la historia, ese es el sentido irreverente, contestatario, utópico y revolucionario con que Olimpia de Gouges enarboló una proclama, hoy más vigente que nunca.
Olimpia defiende la igualdad ante la ley y la equidad de derechos, en el artículo 13 de su declaración establece que “(…) las contribuciones de la mujer y del hombre son las mismas; ella participa en todas las prestaciones personales, en todas las tareas penosas, por lo tanto, debe participar en la distribución de los puestos, empleos, cargos, dignidades y otras actividades”.
La vigencia de los postulados de Olimpia y la histórica lucha de los grupos y colectivos han provocado profundas transformaciones sistémicas, así, en primer lugar, me permito convocar la reflexión sobre la transformación del eje de acumulación del proyecto político, dimensión sobre la cual movimos el eje articulador de la lógica de los capitales y mercados hacia los derechos, constituyendo una nueva sociedad más equitativa, solidaria, plural, dinámica y equilibrada.
Un segundo elemento constituye el paradigma de una democracia más profunda y radical, una democracia que supera la limitación minimalista del voto como expresión procedimental, hacia un nuevo modelo de participación que establece el derecho y corresponsabilidad individual y colectiva, tanto para tomar decisiones e incidir en la definición de las políticas públicas, cuanto para evaluar la administración y gestión de la cosa pública en el cumplimiento de las mismas.
Recordamos el 6 de febrero de 1918 en el marco de un proceso electoral de cual debemos reclamar coherencia ideológica en la construcción de propuestas, desterrando la demagogia y descalificación del adversario como estrategia vaciada de propuestas, poblada del lugar común y disfrazada en un falso ejercicio de libertad de expresión.
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